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Sociedad

Incrementan medidas de seguridad en boliches, confiterías bailables y salones de fiestas

Se presentó ante el Concejo Deliberante un proyecto de modificación de la Ordenanza 34/2016 "De espectáculos públicos" que regula las habilitaciones y el funcionamiento de locales.

Se presentó ante el Concejo Deliberante un proyecto de modificación de la Ordenanza 34/2016 "De espectáculos públicos" que regula las habilitaciones y el funcionamiento de locales con y sin actividad bailable, entendidos como lugares destinados a esparcimiento público.

Las modificaciones se proponen en base a las políticas públicas llevadas a cabo por SEDRONAR, el Área de Niñez, Adolescencia y Familia y el Foro de Seguridad, como así también ajustes de acuerdo a la Ley de Higiene y Seguridad Laboral.

Dentro de las novedades, está la exigencia de las medidas de "seguridad ciudadana" para eventos masivos, boliches, confiterías bailables y similares. Se trata de la instalación de un sistema de monitoreo y grabación con cámaras de seguridad interior y exterior, la contratación de un servicio de seguridad privada identificados y habilitados para el fin, la contratación del servicio de policía con operativo de registro o requisa personal en el ingreso, y puesto de hidratación o servicio de agua gratuita.

Por otro lado, la propuesta enviada al Concejo, ordena la clasificación de espectáculos públicos, clarifica la categoría tributaria y fija responsabilidades comerciales, impositivas y organizativas en eventos que se realizan en salones de fiesta. Estas últimas modificaciones obedecen a la competencia desleal generada en perjuicio de discotecas y confiterías bailables a partir de eventos con fines comerciales que se vienen realizando en salones de fiesta, cuya habilitación es exclusiva para eventos sociales y familiares, no onerosos. Con estas modificaciones, estos tipos de eventos podrán realizarse pero con la correspondiente inscripción comercial e implementación de las medidas de seguridad ciudadana que se requieren a boliches, confiterías bailables y eventos masivos, independientemente de la cantidad de asistentes.

En cuanto a las recomendaciones del Área de Niñez, Adolescencia y Familia, la realización de matinés quedó permitida exclusivamente para los eventos estudiantiles, quitándose esta posibilidad a los boliches bailables. Allí, la edad de ingreso permitida quedaría a partir de los 18 años. En cuanto a los eventos estudiantiles, se agregó la obligatoriedad de contar en los mismos con una zona de descanso e hidratación, avalada por SEDRONAR.

Finalmente, se adecuó la capacidad de los locales habilitados, de acuerdo a lo que dispone la Ley de Higiene y Seguridad Laboral.

HCD San José Ordenanza

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